Comoindica el consistorio de la capital, el 1 de enero de 2024, estos vehículos contaminantes tendrán prohibido acceder y circular “por todas las vías públicas urbanas del municipio de Madrid”. Es decir, que ya no se limita a la M-30 y su interior, sino a todo el municipio. Un año más tarde, el 1 de enero de 2025, esta prohibición
Porejemplo en Barcelona, siempre tienes que registrar previamente el vehículo, además de comprobar que cumple los requisitos ambientales necesarios. Si los cumple, podrá circular libremente. Si no los cumple, hay que pedir una autorización diaria, con un máximo de 10 autorizaciones al año para circular dentro de la zona de bajas
Barcelonaya lo dijo. La medida, sin embargo, puede chocar con decisiones anteriores tomadas por el Ayuntamiento de Barcelona, que siempre se ha posicionado en contra de que las motos puedan usar
Loscoches y motos clásicos cumplen con todos los requisitos que exige la ley (Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre). Precisamente por ello la propia Dirección General de Tráfico les otorga
HUGOFERNÁNDEZ. Los vehículos privados ya no pueden circular por la Rambla en sentido ascendente (desde Colón hasta pl. Catalunya) y de una sola pasada. Desde ayer, un circuito de 16 cámaras
Segúnel Área Metropolitana de Barcelona (AMB), estos vehículos representan el 15% del parque circulante y de este porcentaje, un 8% no posee pegatina: unos 5.000 vehículos que ya no pueden
Dichoesto, quedan exentos de las restricciones y, por lo tanto, pueden circular libremente por la ZBE los vehículos dados de alta en el Registro Metropolitano como: Vehículos dedicados al transporte de personas con movilidad reducida (VPMR): estos vehículos gozan de exención permanente para la circulación dentro de la ZBE,
Losayuntamientos permitirán la circulación de los vehículos históricos ( es decir, con al menos 30 años de antigüedad desde su fabricación o matriculación) en las zonas de bajas emisiones